El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha dado un paso significativo hacia la modernización de la gestión laboral con la entrada en vigencia de la Resolución N.º 991/2024, reglamentaria del Decreto N.º 1989/2024. Este marco normativo actualiza las disposiciones sobre la inscripción patronal, la presentación de documentos y las comunicaciones electrónicas ante la Autoridad Administrativa del Trabajo. Su finalidad es fortalecer la formalización del empleo, garantizar la transparencia en las relaciones laborales y avanzar hacia una administración digital más ágil y accesible.
Las comunicaciones laborales son notificaciones obligatorias que los empleadores deben realizar ante el MTESS para informar sobre distintos eventos vinculados con sus trabajadores. Estos avisos —como altas, bajas, permisos, sanciones o pagos— se tramitan por medio del sistema REOP (Registro Obrero Patronal) y tienen carácter de declaración jurada, lo que implica responsabilidad legal sobre la veracidad de los datos. Aunque no es obligatorio subir toda la documentación de respaldo al sistema, el empleador debe conservarla y archivarla en el legajo laboral correctamente para eventuales fiscalizaciones.
Este Decreto, define el deber de comunicar al Ministerio de Trabajo situaciones como la entrada y salida de trabajadores, licencias, vacaciones, sanciones disciplinarias, accidentes laborales, enfermedades profesionales, pagos de salarios y habilitación de guarderías o salas de lactancia. La Resolución fija los procedimientos, plazos y formularios para que las empresas puedan cumplir con estas obligaciones en tiempo y forma.
Por ejemplo, al producirse el ingreso de un nuevo trabajador, el empleador debe registrar su entrada en el REOP y cuando la relación laboral finaliza, debe comunicarse la salida del trabajador, detallando la causa y fecha de finalización.
Otras comunicaciones frecuentes son las relacionadas con licencias, permisos y vacaciones, que informan los periodos de ausencia justificada. Asimismo, deben notificarse los preavisos de despido o retiro, las sanciones disciplinarias aplicadas y cualquier accidente o enfermedad profesional, estos últimos dentro de 8 días corridos desde su ocurrencia. La correcta comunicación de estos hechos contribuye a un registro laboral transparente y al resguardo de los derechos del trabajador.
La normativa también impulsa el cumplimiento de disposiciones de protección social y bienestar, como la habilitación de salas de lactancia en empresas con más de 10 trabajadoras y guarderías en aquellas con más de 50 empleados. De esta forma, se promueven entornos laborales inclusivos y se garantiza la conciliación entre la vida familiar y profesional, en línea con los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En el plano económico, los empleadores deben comunicar mensualmente la liquidación de salarios y anualmente el pago del aguinaldo, asegurando la trazabilidad de las remuneraciones. El sistema REOP permite generar digitalmente los recibos correspondientes, lo que representa un avance en materia de gestión electrónica y simplificación administrativa.
En definitiva, se trata de un gran paso en la regulación de los procedimientos administrativos laborales en Paraguay.
Un paso hacia la formalización y transparencia del empleo en Paraguay.
Autor: Mag. Alberto Gaona Sánchez
Docente Tutor de la Facultad de Educación a Distancia y Semipresencial
